Reclamación de indemnizaciones a la Administración Pública

Reclamación de indemnizaciones a la Administración Pública

La Administración Pública, como órgano gestor y prestador de servicios a la ciudadanía, también incurre en irregularidades que pueden conllevar graves perjuicios para los interesados.
Dichas irregularidades son conocidas como funcionamiento anormal de la Administración, y siempre que pueda probarse una relación directa entre el daño causado y el mal funcionamiento de la Administración, así como también sea posible determinar una suma indemnizatoria podrás presentar una reclamación de indemnización por responsabilidad patrimonial.
El Tribunal Superior de Justicia de las Islas Canarias, el pasado 17 de septiembre de 2018 ha concedido la mayor indemnización por responsabilidad patrimonial de la historia motivada por negligencia sanitaria, una de las principales causas de este tipo de reclamaciones, concretamente por un importe de 1.300.000.-€.
La sentencia del TS de 20 de mayo de 1998, determina los elementos constitutivos de la responsabilidad patrimonial de la Administración:
1.- La lesión patrimonial equivale a daño o perjuicio en la doble modalidad de lucro cesante o daño emergente.
2.- La lesión se define como daño ilegítimo.
3.- El vínculo entre la lesión y el agente que la produce, es decir, entre el acto dañoso y la Administración implica una actuación del poder público en uso de potestades públicas.
4.- La lesión ha de ser real y efectiva, nunca potencial o futura, ni se deben indemnizar daños hipotéticos ni expectativas de derecho (STS de 16 de mayo de 2000, EDJ 2000/11990).

Cómo reclamar una indemnización a la Administración

La responsabilidad patrimonial prescribe al año desde que se produjo el hecho o acto que motive la indemnización o desde la manifestación de su efecto lesivo, y su reclamación es un procedimiento que se inicia a instancias del interesado, comenzando en ese momento un procedimiento administrativo.
El procedimiento viene regulado en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y sigue las reglas generales del procedimiento administrativo, con ciertas especialidades.
Es fundamental en este tipo de reclamaciones probar el nexo entre mal funcionamiento y perjuicio ocasionado, así como determinar la suma reclamada en concepto de indemnización.
Se dan casos muy frecuentes de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública cuando existen negligencias médicas por parte de personal de la sanidad pública, o también en caso de caídas o accidentes en vía pública por mal estado del pavimento o defectuosa señalización.
La Administración dispone de seis meses para resolver la solicitud, transcurridos los cuales sin haber obtenido respuesta, debe considerarse desestimada la misma por silencio administrativo.
Una vez producido el silencio, o desestimada expresamente tu solicitud, comienza el plazo de dos meses para interponer el correspondiente recurso contencioso administrativo ante los Juzgados y Tribunales competentes.
Es importante resaltar que en este procedimiento es fundamental la prueba, la cual debe ser aportada siempre con la intención de beneficiar tus intereses. Por ello, te aconsejamos que desde un primer momento acudas a un abogado especializado en responsabilidad patrimonial, para que te asesore acerca de la viabilidad de la reclamación y de la prueba que en su caso vas a necesitar, así como también del importe que vas a solicitar.
Lo que debes tener muy claro es que la Administración también comete errores y paga por ellos. No debes dejar de reclamar lo que te corresponde por derecho por miedo o desconocimiento del procedimiento que tienes por delante, sólo tienes que acudir a profesionales especializados en reclamaciones por responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas.
El procedimiento administrativo es muy amplio y abarca muchas otras materias, además de la responsabilidad patrimonial del Estado.

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