En una relación laboral, son varias las causas que pueden dar lugar a que el trabajador tenga derecho a reclamar una indemnización.
La más conocida es la indemnización por despido, que puede variar en función del tipo de despido, pero existen otros casos como los accidentes laborales y el acoso laboral, que también pueden generar en el empleado el derecho a una compensación económica, denominada indemnización laboral.
No debes dejar de defender tus derechos laborales, igual que tampoco si eres empresa, que también cuenta con ellos.
Indemnización por despido
Si un empleado es despedido y considera que la causa alegada por la empresa o el procedimiento llevado a cabo no son conformes a derecho, dentro de los veinte días hábiles siguientes a la notificación podrá impugnar el despido, solicitando tanto la nulidad del mismo y consiguiente readmisión, con el abono de los salarios devengados durante la tramitación, o en su caso, que se declare la improcedencia del despido y por tanto la empresa opte por la readmisión o por el abono de la indemnización legal prevista para esos casos.
Al momento del despido, la empresa deberá igualmente entregar las cantidades pendientes en concepto de vacaciones no disfrutadas y prorrata de pagas extraordinarias, de ahí que se conozca con el nombre de liquidación y finiquito.
Para evitar errores de cálculo, es siempre recomendable acudir a abogados laboralistas conocedores de todo tipo de Convenios Colectivos, quienes comprobarán que la liquidación es correcta, y ello con independencia de la reclamación frente al despido que en su caso corresponda.
Denuncia por accidente laboral
La Ley General de la Seguridad Social regula en sus arts. 201 a 203 las indemnizaciones correspondientes a lesiones permanentes no incapacitantes causadas por accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.
Las indemnizaciones son establecidas conforme a un baremo, y consisten en sumas alzadas, abonadas con un pago único por la entidad obligada al pago de las incapacidades permanentes y ello con independencia de que el trabajador siga prestando sus servicios como empleado de la empresa.
Dicha indemnización es incompatible por tanto con la declaración con una incapacidad permanente derivada del mismo accidente o enfermedad.
Este sistema se aplica a los trabajadores encuadrados en el Régimen General de empleados por cuenta ajena, afiliados y en alta o situación asimilada al sobrevenir la contingencia o situación protegida y que han sido dados de alta médica.
Para conocer la suma indemnizatoria debemos acudir a la tabla con las cuantías de las indemnizaciones por las lesiones, mutilaciones y deformidades de carácter definitivo y no invalidantes causadas por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.
La tabla de cuantías se divide por las partes del cuerpo afectadas, así como también define las diferentes secuelas posibles a las cuales a su vez les atribuye una suma indemnizatoria.
El trabajador dispone de un plazo de un año para reclamar por daños derivados de un accidente de trabajo.
Desde la solicitud de indemnización la dirección provincial del INSS o del ISM, en su caso, dictará resolución en un plazo máximo de 135 días.
Denuncia por acoso laboral
Una vía efectiva para denunciar el acoso laboral es acudir a la Inspección de Trabajo, para ello, deberás formular la correspondiente denuncia, y a ella acompañar toda la prueba posible.
Para esa reclamación administrativa, que es fundamental para probar los hechos, es siempre aconsejable acudir a abogados especialistas en acoso laboral, ya que la denuncia puede determinar de manera definitiva el éxito de la reclamación.
Como verás, la casuística derivada del contrato de trabajo es enorme, y las especialidades jurídicas asociadas a la misma también.